Fuente de la fotografía: Nicole Geri / Unsplash
Ha presentado la solicitud de adquisición de la nacionalidad croata, ha entregado todos los documentos, ha superado la prueba de conocimiento de la lengua y la cultura — y después, silencio. Pasan los meses y del Ministerio del Interior no llega ni resolución ni notificación. Aunque la Ley de nacionalidad croata no establece un plazo especial para resolver, eso no significa que el Ministerio pueda decidir cuando quiera: rigen los plazos generales de la Ley de procedimiento administrativo general, y su vencimiento abre a la parte el camino de la tutela jurídica. En este artículo explicamos quién decide sobre su solicitud y en qué plazo, por qué la larga espera resulta costosa y qué medios jurídicos — desde la consulta sobre la fase del procedimiento y el escrito de apremio hasta el recurso por silencio administrativo — están a disposición de los ciudadanos extranjeros que esperan una decisión.
Esta guía se ha elaborado conforme a la Ley de nacionalidad croata (NN 53/91 – 138/21), la Ley de procedimiento administrativo general (NN 47/09, 110/21), la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa (NN 36/24) y las instrucciones del Ministerio del Interior sobre el procedimiento de adquisición de la nacionalidad croata.
Resumen: lo que debe saber en 60 segundos
- La solicitud se presenta personalmente en la dirección o comisaría de policía, y sobre ella decide el Ministerio del Interior en su sede central (arts. 24 y 25 de la Ley de nacionalidad croata)
- La Ley de nacionalidad croata no establece un plazo especial para resolver — por eso rigen los plazos generales de la LPAG: 30 días, o bien 60 días cuando se tramita un procedimiento de instrucción (art. 101 LPAG)
- En la práctica los procedimientos duran considerablemente más — meses, y no pocas veces más de un año
- El vencimiento del plazo sin decisión constituye silencio administrativo: la parte puede entonces iniciar un procedimiento contencioso-administrativo (art. 101, apdo. 3 LPAG)
- Contra la resolución del Ministerio del Interior sobre la nacionalidad no cabe recurso de alzada — la tutela jurídica se obtiene directamente ante el tribunal contencioso-administrativo
- La consulta escrita sobre la fase del procedimiento y el escrito de apremio son útiles, pero no son requisito para el recurso
- El recurso por silencio se presenta como mínimo ocho días después del vencimiento del plazo para resolver (art. 40, apdo. 2 LJCA); el tribunal ordena al órgano que dicte la decisión en el plazo que fije
- Si el Ministerio decide solo durante el proceso, el tribunal archiva el procedimiento y puede imponer las costas al órgano
- El recurso no otorga la nacionalidad «automáticamente» — otorga una decisión, a la que la parte tiene derecho
1. ¿Quién decide sobre la solicitud de nacionalidad croata y en qué plazo?
La solicitud de adquisición de la nacionalidad croata por naturalización se presenta personalmente en la dirección de policía o comisaría de policía correspondiente al lugar de la residencia temporal o permanente autorizada, y también puede presentarse a través de una misión diplomática u oficina consular de la República de Croacia en el extranjero (art. 24, apdos. 3 y 5 de la Ley de nacionalidad croata). La dirección de policía únicamente recibe la solicitud y, en su caso, requiere que se complete; sobre la solicitud misma decide el Ministerio del Interior en su sede central (art. 25), que después notifica la resolución a la parte a través de la dirección de policía o del consulado.
La Ley de nacionalidad croata no contiene un plazo especial en el que el Ministerio deba resolver. Eso, sin embargo, no significa que no exista plazo. Cuando la ley especial guarda silencio sobre el plazo, se aplica la Ley de procedimiento administrativo general: la resolución sobre la solicitud de la parte debe dictarse y notificarse como máximo en el plazo de 30 días desde la presentación de una solicitud completa, o bien en el plazo de 60 días cuando — como en los procedimientos de nacionalidad — se tramita un procedimiento de instrucción y se recaban datos de otros órganos (art. 101, apdos. 1 y 2 LPAG).
El propio Ministerio del Interior indica en sus instrucciones que la duración del procedimiento depende de la complejidad de cada solicitud concreta, ya que recaba datos de otros órganos — administraciones tributarias, tribunales y otros ministerios. La complejidad, sin embargo, no suprime el plazo legal: si el Ministerio no dicta ni notifica la resolución en ese plazo, la parte tiene derecho a iniciar un procedimiento contencioso-administrativo (art. 101, apdo. 3 LPAG). El vencimiento del plazo sin decisión se denomina silencio administrativo — y no es jurídicamente neutral.
2. ¿Por qué la espera de la nacionalidad resulta tan costosa?
Para un ciudadano extranjero que lleva años viviendo y trabajando en Croacia, la espera de la resolución no es solo una molestia administrativa:
- los documentos caducan: el certificado de antecedentes penales y la certificación del registro de matrimonios no pueden tener más de seis meses — con una espera larga, el Ministerio exige documentos nuevos, lo que supone nuevos gastos de obtención en el país de origen, traducción y legalización
- los derechos que dependen de la nacionalidad quedan en espera: el pasaporte croata y la libertad de circulación dentro de la Unión Europea, el derecho de sufragio, el acceso a empleos para los que se exige la nacionalidad croata, una reagrupación familiar más sencilla
- la garantía de admisión tiene plazo: al extranjero que aún debe obtener la renuncia a su nacionalidad anterior se le expide una garantía de admisión con una validez de dos años (art. 8.a de la Ley de nacionalidad croata), y el procedimiento de renuncia en el país de origen tiene sus propios plazos y costes — cada retraso del Ministerio del Interior genera el riesgo de que esos plazos se desencuentren
- la vida no se puede planificar: el matrimonio, los hijos nacidos durante la espera, un cambio de trabajo o una mudanza — todo ello puede influir en el expediente, y la parte no sabe si la decisión llegará en un mes o en dos años
Por eso, ante un silencio administrativo prolongado, la espera pasiva no suele ser una buena opción — cada mes sin decisión tiene su precio.
3. Primeros pasos: consulta sobre la fase del procedimiento y escrito de apremio
El primer paso es averiguar en qué punto se encuentra el expediente. Según las instrucciones del Ministerio del Interior, la información sobre la fase de la solicitud presentada puede obtenerse mediante solicitud escrita de la parte, por correo postal o electrónico. Además, la parte tiene el derecho legal de informarse sobre el curso del procedimiento y de examinar el expediente (art. 84 LPAG) — de modo que la propia respuesta suele revelar si se está esperando el dictamen de otro órgano, si falta algún documento o si el expediente simplemente está detenido.
El escrito de apremio es una breve solicitud escrita para que el Ministerio dicte la resolución. No tiene forma prescrita: basta indicar el solicitante, la fecha y el lugar de presentación de la solicitud, la referencia del expediente si se conoce, el hecho de que el plazo legal ha vencido y la petición expresa de una decisión urgente. Se presenta por escrito, con prueba de su presentación.
CONVIENE SABER: El escrito de apremio no es requisito para interponer el recurso por silencio administrativo — el recurso puede presentarse también sin él, en cuanto venza el plazo legal. El apremio es un paso opcional y práctico: a veces por sí solo pone en marcha el expediente, y muestra al tribunal que el órgano fue advertido expresamente del retraso. Las consultas telefónicas no dejan rastro y jurídicamente no existen.
4. Recurso por silencio administrativo: cómo se presenta y qué se consigue con él
Sobre la solicitud de nacionalidad decide el Ministerio del Interior como órgano de primera instancia por encima del cual no existe órgano de segunda instancia. Por eso contra su resolución no cabe recurso de alzada, sino que la tutela jurídica se obtiene en el procedimiento contencioso-administrativo (art. 12, apdo. 2 LPAG) — y lo mismo rige cuando el Ministerio guarda silencio. La Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa prevé expresamente el proceso por omisión del órgano de decidir en el plazo legal sobre un derecho o interés jurídico de la parte (art. 3, apdo. 1, punto 3) y permite que mediante el recurso se exija que se dicte la decisión que no fue adoptada en plazo (art. 38, apdo. 2, punto 2).
El recurso se presenta ante el tribunal contencioso-administrativo competente según el domicilio del recurrente (art. 13, apdo. 1 LJCA) — para las partes de Rijeka y del condado de Primorje-Gorski Kotar es el Tribunal Contencioso-Administrativo de Rijeka. Se presenta como mínimo ocho días después del vencimiento del plazo para resolver (art. 40, apdo. 2 LJCA), y se adjunta la prueba de la fecha de presentación de la solicitud (art. 39, apdo. 4). Con el recurso nada se aplaza ni nada se arriesga — al tribunal se le pide únicamente aquello a lo que la parte tiene derecho: una decisión. En la práctica, los desenlaces son de dos tipos:
- si el Ministerio no dicta la resolución ni siquiera durante el proceso, el tribunal estimará mediante sentencia la pretensión y ordenará al órgano que adopte la decisión en un plazo razonable (art. 117, apdo. 3 LJCA)
- si el Ministerio, durante el proceso, atiende íntegramente la pretensión, es decir, dicta la resolución, el tribunal archivará el procedimiento (art. 103, apdo. 1 LJCA) y podrá imponer al órgano las costas del proceso a favor de la parte — porque el proceso fue provocado por su inactividad
Es importante entender qué puede y qué no puede el recurso por silencio. Por regla general, el tribunal no decidirá en lugar del Ministerio si la parte será admitida a la nacionalidad croata — la Ley deja al Ministerio la valoración de si existen razones de interés para la República de Croacia por las que la solicitud puede denegarse incluso cuando se cumplen los requisitos (art. 26, apdo. 2 de la Ley de nacionalidad croata), y en tales asuntos el tribunal ordena al órgano que decida, no decide por sí mismo (art. 117, apdo. 3 LJCA). Con el recurso, por tanto, no se compra un resultado positivo, sino que se devuelve a la parte lo que la ley le garantiza: una decisión en plazo — sobre la cual, si es negativa, puede seguir debatiéndose ante el tribunal.
5. ¿Qué ocurre si la resolución es negativa?
En la resolución que deniega la solicitud, el Ministerio debe constatar que no se cumplen los requisitos del art. 8 de la Ley (art. 26, apdo. 1) o invocar razones de interés para la República de Croacia (art. 26, apdo. 2). Tampoco contra esa resolución cabe recurso de alzada, sino que en el plazo de 30 días desde la notificación se presenta recurso ante el tribunal contencioso-administrativo (art. 40, apdo. 1 LJCA). El tribunal examina si el Ministerio determinó correctamente los hechos — por ejemplo, la continuidad de los ocho años de residencia, el pago de las cargas públicas o el respeto del ordenamiento jurídico — y si la motivación es suficiente para que la decisión pueda someterse a control judicial. Sobre la impugnación de las resoluciones negativas en materia de nacionalidad escribiremos en un artículo separado.
6. ¿Qué muestra la práctica?
La experiencia de nuestro despacho en procedimientos contencioso-administrativos contra el Ministerio del Interior — especialmente en asuntos de permisos de residencia y trabajo, sobre los que escribimos en una guía separada — muestra que, tras el inicio del procedimiento contencioso-administrativo, los órganos suelen acelerar su actuación: expedientes que llevaban meses detenidos se resuelven poco después de la presentación del recurso, y el tribunal después archiva el procedimiento y ordena al órgano el reembolso de las costas a la parte. El mismo mecanismo procesal rige también en los procedimientos de nacionalidad, ya que sobre ambas solicitudes decide el mismo Ministerio y se aplican las mismas reglas de la LPAG y la LJCA.
NOTA: El recurso por silencio administrativo no es un automatismo ni un instrumento para generar costas. La jurisprudencia sanciona el uso del recurso sin un interés real. Por eso, antes de iniciar el proceso es imprescindible comprobar si la solicitud estaba completa y en regla, si los plazos han vencido realmente y si el Ministerio no ha requerido ya que se complete la solicitud sin que la parte haya respondido — porque en ese caso el retraso no puede atribuirse al órgano.
Preguntas frecuentes (FAQ) sobre la espera de la nacionalidad croata
¿Cuánto tiempo puede tardar el Ministerio del Interior en decidir sobre la solicitud de nacionalidad croata?
La Ley de nacionalidad croata no establece un plazo especial, por lo que rigen los plazos generales de la Ley de procedimiento administrativo general: 30 días, o 60 días cuando se tramita un procedimiento de instrucción, contados desde la presentación de una solicitud completa (art. 101 LPAG). Vencido ese plazo, la parte puede iniciar un procedimiento contencioso-administrativo por silencio administrativo.
¿Puedo demandar al Ministerio del Interior por silencio si antes no he enviado un escrito de apremio?
Sí. El escrito de apremio no es un requisito legal para el recurso por silencio administrativo. El recurso se presenta ante el tribunal contencioso-administrativo como mínimo ocho días después del vencimiento del plazo para resolver (art. 40, apdo. 2 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa), con prueba de la fecha de presentación de la solicitud.
¿Perjudicará el recurso a mi solicitud de nacionalidad?
No debe hacerlo. El Ministerio está obligado a decidir con arreglo a la ley y a los hechos acreditados; el uso de un medio jurídico previsto por la ley no puede ser motivo para denegar la solicitud. Condicionar la resolución del expediente a la renuncia a la tutela jurídica sería ilegal.
¿Puede el tribunal decidir en lugar del Ministerio del Interior que obtenga la nacionalidad?
Por regla general, no. En caso de silencio administrativo, el tribunal ordena mediante sentencia al Ministerio que adopte la decisión en el plazo que fije (art. 117, apdo. 3 LJCA), ya que la Ley de nacionalidad croata deja al Ministerio la valoración de la existencia de razones de interés para la República de Croacia. Si la resolución es negativa, se impugna mediante un recurso separado ante el mismo tribunal.
¿Quién paga las costas del procedimiento contencioso-administrativo por silencio administrativo?
Si el proceso fue provocado por la inactividad del Ministerio y este decide solo durante el proceso, el tribunal archiva el procedimiento y puede imponer las costas al órgano. El tribunal decide sobre las costas en cada asunto por separado.
¿Cómo saber en qué fase se encuentra mi solicitud de nacionalidad?
Mediante solicitud escrita al Ministerio del Interior, por correo postal o electrónico, como indican las instrucciones del Ministerio; la parte tiene además el derecho legal de examinar el expediente (art. 84 LPAG). Un abogado con poder de representación puede hacerlo en su nombre.
¿Puedo contratar a un abogado para el procedimiento de nacionalidad si no hablo croata?
Sí. El Despacho de abogados Toni Primorac de Rijeka representa a ciudadanos extranjeros en procedimientos ante el Ministerio del Interior y los tribunales contencioso-administrativos de toda Croacia, y la comunicación con los clientes es posible en español e inglés, desde la primera evaluación del expediente hasta la representación en el procedimiento contencioso-administrativo.
Conclusión: la espera de la nacionalidad tiene límites legales
La Ley de nacionalidad croata no concede al Ministerio un tiempo ilimitado: cuando vence el plazo de la Ley de procedimiento administrativo general, la parte tiene derecho a la tutela jurídica. La consulta sobre la fase del procedimiento y el escrito de apremio son los primeros pasos, informales; el recurso por silencio administrativo es el medio legal con el que se exige al órgano lo que constituye su deber — una decisión, con la posibilidad de que las costas del proceso recaigan sobre el órgano que guardó silencio. Con él no se asegura la nacionalidad, pero sí una respuesta, y con ella la posibilidad de seguir defendiendo sus derechos. Si aún no ha presentado la solicitud, empiece por nuestra guía sobre la ciudadanía croata por descendencia (artículos 11 y 16).
Sobre el autor — Despacho de abogados Toni Primorac
El abogado Toni Primorac dirige el Despacho de abogados Toni Primorac, con sede en Rijeka, con especial énfasis en el derecho administrativo y los procedimientos contencioso-administrativos, el derecho de extranjería y nacionalidad y los litigios civiles. El despacho representa a clientes nacionales y extranjeros ante órganos administrativos y tribunales de toda Croacia, y atiende a sus clientes en español e inglés.
¿Espera una decisión sobre la nacionalidad croata? Existe un camino legal
Primorac Legal ofrece apoyo jurídico a ciudadanos extranjeros en todas las fases del procedimiento de adquisición de la nacionalidad croata:
- evaluación del estado del expediente, de la regularidad de la solicitud y de los plazos vencidos antes de dar cualquier paso
- consulta escrita sobre la fase del procedimiento, examen del expediente y redacción del escrito de apremio
- recurso por silencio administrativo y representación ante el tribunal contencioso-administrativo, incluido el cobro de las costas al órgano
- impugnación de la resolución negativa sobre la nacionalidad en el procedimiento contencioso-administrativo
- asesoramiento en español para clientes que no hablan croata
Nuestro despacho está a su disposición para evaluar su caso y la estrategia de actuación. Diríjase a nosotros con confianza — evaluaremos su situación y le propondremos el enfoque adecuado. Puede escribirnos en español y le responderemos en el mismo idioma.
Teléfono: +385 91 781 8171
Correo electrónico: t.primorac@primorac-legal.hr
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico en un asunto concreto.
CONTACTO
¿Necesita nuestros servicios?
Las áreas del derecho en las que tenemos experiencia son: derecho civil, relaciones de propiedad, derecho financiero de sociedades mercantiles, derecho registral inmobiliario y derecho contractual. Abordamos cada rama del derecho, así como cada caso, con dedicación, profesionalidad y ética.

Hrvatski
English
Deutsch
Italiano
Français
Українська
